A conclusão do trabalho inacabado. Atenção especial à intervenção da inteligência artificial no processo criativo

Palavras-chave: direitos autorais, trabalho inacabado, trabalho derivado, transformação, inteligência artificial

Resumo

A conclusão da obra inacabada, por outro autor diverso, constitui um tipo de obra que, tal como outras obras derivadas, não possui regulamentação específica na legislação de propriedade intelectual. Independentemente de serem analisadas as questões mais relevantes para os direitos autorais que um sujeito físico pode ter para finalizar o trabalho de outro, seria conveniente perguntar qual resposta seria oferecida pelo sistema jurídico e, especialmente, pelas regulamentações de propriedade intelectual. , nos casos em que uma obra inacabada foi concluída por um programa de inteligência artificial (IA).

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Referências

Antequera Parilli, R. (2007). Estudios de Derecho de Autor y Derechos Afines. Reus.

Ayllón Santiago, H. (2011). El derecho de comunicación pública directa. Reus.

Ayllón Santiago, H. (2014). El derecho de transformación de las obras del espíritu. Reus.

Bercovitz, G. (1997). Obra plástica y derechos patrimoniales de su autor. Tecnos.

Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (2007). Comentario al art. 11. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 189-207). Tecnos.

Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (2017). Comentario al art. 10. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 159-196). Tecnos.

Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (2019). Manual de Propiedad Intelectual. Tirant lo Blanch.

Bondía Román, F. (1988). Propiedad intelectual. Su significado en la sociedad de la información. Trivium.

Carrasco Perera, A. y Del Estal Sastre, R. (2017). Comentario al art. 5. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (4ª ed., pp. 105-114). Tecnos.

Cook, C. (2002). Patents, Profits & Power: How Intellectual Property Rules the Global Economy. Kogan Page.

Cuerva de Cañas, J. A. (2018). La propiedad intelectual en el mundo digital. En Barrio Andrés, M. y Torregrosa Vázquez, J. (Coords.), Sociedad digital y Derecho (pp. 719-740). BOE.

Delgado Porras, A. (2006). La incorporación de la Directiva 2001/29 al Derecho español de propiedad intelectual (Derecho de autor y Derechos afines al de autor). RIDA. Revue Internationale du Droit d’Auteur, 210, 5-52.

Dutfield, G. y Suthersanen, U. (2008). Global Intellectual Property Law. Edward Elgar.

Elíades, A. G. (2010). La protección jurídica de la creatividad y sus limitaciones para el fomento de la educación y la cultura en la sociedad de la información: Algunas notas comparativas de la legislación española y argentina. En Rogel Vide, C. (Dir.), Cuestiones Actuales de la Propiedad Intelectual (pp. 61-81). Reus.

Encabo Vera, M. (1999). Las obras multimedia. En Rogel Vide, C. (Coord.), Nuevas tecnologías y Propiedad Intelectual (pp. 71-84). Reus.

Erdozaín López, J. C. (2002). Derechos de autor y propiedad intelectual en Internet. Tecnos.

Evangelio Llorca, R. (2006). El encargo de obra intelectual. Dykinson.

Galacho Abolafio, A. F. (2014). La obra derivada musical: entre el plagio y los derechos de autor. Thomson Reuters Aranzadi.

Goldstein, P. (2013). International Copyright. Oxford University Press.

Guadamuz, A. (2017). Artificial intelligence and copyright. Wipo Magazine, 5, 14-19.

López Sánchez, C. (2008). La transformación de la obra intelectual. Dykinson.

Marco Molina, J. (2008). La formación del concepto de derecho de autor y la originalidad de su objeto. En Macías Castillo, A. y Hernández Robledo, M. A. (Coords.), El derecho de autor y las nuevas tecnologías. Reflexiones sobre la reciente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 295-314). La Ley.

Mariscal Garrido-Falla, P. (2017a). Comentario al art. 11. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 197-211). Tecnos.

Mariscal Garrido-Falla, P. (2017b). Comentario al art. 21. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 443-458). Tecnos.

Mariscal Garrido-Falla, P. (2013). Derecho de transformación y obra derivada. Tirant lo Blanch.

Martínez Espín, P. (2017). Comentario al art. 14. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 227-255). Tecnos.

Navas Navarro, S. (2003). La obra audiovisual derivada. Anuario de Propiedad Intelectual, (2002, 2003), 277-327. Reus-Aisge.

Portero Lameiro, J. D. (2016). La (relativa) constitucionalidad de los derechos de autor en España. Dykinson.

Posner, R. (2013). El pequeño libro del plagio. El Hombre del Tres.

Ragel Sánchez, L. F. (2003). El contrato de representación teatral. Reus.

Rivero Hernández, F. (2007). Comentario al art. 17. En Bercovitz Rodríguez-Cano, R. (Coord.), Comentarios a la Ley de Propiedad Intelectual (pp. 269-327). Tecnos.

Rogel Vide, C. (1984). Autores, coautores y propiedad intelectual. Tecnos.

Rogel Vide, C. (2002). Derecho de autor. Cálamo.

Rogel Vide, C. (2003). Estudios completos de propiedad intelectual. Reus.

Rogel Vide, C. (2015). Libro, propiedad intelectual y derechos de autor. Historia de la edición en España (1939-1975). Marcial Pons.

Ruipérez de Azcárate, C. (2012). Las obras del espíritu y su originalidad. Fundación AISGE.

Saiz García, C. (2000). Objeto y sujeto del derecho de autor. Tirant lo Blanch.

Saiz García, C. (2019). Las obras creadas por sistemas de inteligencia artificial y su protección por el derecho de autor. InDret. Revista para el análisis del derecho, (1).

Sol Muntañola, M. A. (1997). La protección de las ideas. Tecnos.

Vega Vega, J. A. (1990). Derecho de autor. Tecnos.

Publicado
2023-12-29
Como Citar
Ravelo Guillén, F. J. (2023). A conclusão do trabalho inacabado. Atenção especial à intervenção da inteligência artificial no processo criativo. Revista Iberoamericana De La Propiedad Intelectual, (19), 37-62. https://doi.org/10.26422/RIPI.2023.1900.rav
Seção
Doutrina