Sobre la distinción entre complicidad necesaria y no necesaria en el derecho penal argentino: un problema subdesarrollado en la doctrina y jurisprudencia locales
DOI:
https://doi.org/10.26422/RJA.2025.0602.rusPalabras clave:
participación, complicidad necesaria, complicidad no necesaria, criterios de delimitaciónResumen
La clasificación entre complicidad necesaria y no necesaria, conforme a la legislación argentina, resulta de crucial importancia, ya que es la única distinción que tiene relevancia respecto a la escala penal aplicable a los diferentes intervinientes en el delito. A pesar de su importancia, los criterios que, en la doctrina y jurisprudencia argentinas, se han propuesto para trazar esta distinción son, en su mayoría, problemáticos. En ocasiones, la calificación de cómplice necesario se funda en afirmaciones que no constituyen ningún criterio para trazar la distinción. En otras circunstancias, la calificación se apoya en distinciones que son cuestionables desde un punto de vista valorativo, pues conducen a considerar como complicidad necesaria conductas que no merecen esa calificación. Por último, a veces se utilizan criterios tan vagos que no se ofrece ninguna orientación para solucionar dicho problema. En líneas generales, el trabajo argumenta que este escenario da lugar a que la responsabilidad penal que se les atribuye a los cómplices sea con frecuencia demasiado severa, pues si se asume que —con el resto de las condiciones iguales, el ilícito del cómplice es menos grave que el del autor—, la equiparación de la pena entre ambos debería ser más bien excepcional.
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