¿Es concebible un derecho de superficie administrativo?

A la luz de las facultades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para regular los usos de los bienes públicos

Palabras clave: dominio público, derecho de superficie, concesión de uso especial del dominio público, derecho real administrativo, federalismo

Resumen

El patrimonio estatal está integrado, en una proporción considerable, por bienes del dominio público, cuyo régimen especial los excluye del tráfico jurídico en virtud de la regla que prescribe su inalienabilidad. La creación, manutención y puesta en valor de esos bienes, en los tiempos de estrechez de las cuentas públicas que corren, necesitan inexorablemente del aporte de fuentes de financiamiento privadas, que, a su vez, reclaman condiciones mínimas de seguridad jurídica, que un instrumento como el derecho real de superficie puede brindar. El presente trabajo tiene por objeto, en primer lugar, intentar demostrar que el derecho de superficie es compatible con la inalienabilidad del dominio público y, por ende, apto para ser aplicado en ese campo. Adicionalmente, se detiene a examinar, a la luz del reparto de competencias de la Constitución Nacional, el alcance de las potestades de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dictar normas dirigidas a habilitar la aplicación del derecho de superficie respecto a los bienes del dominio público de sus respectivas jurisdicciones, sin entrar en conflicto con el régimen de los derechos reales previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación.

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Biografía del autor/a

Ignacio de la Riva, Pontificia Universidad Católica Argentina

Abogado (UBA). Magíster en Derecho Administrativo (Universidad Austral). Doctor en Derecho (Universidad de Valladolid, España).  Profesor titular ordinario de Derecho Administrativo (Facultad de Derecho, Universidad Católica Argentina). Director de la Maestría en Derecho Administrativo Económico (Universidad Católica Argentina), donde imparte las materias Dominio Público e Infraestructuras e Intervención Administrativa en la Economía. Profesor invitado en la Universidad de Valladolid (España), en la Universidad de Piura (Perú) y en la Universidad Católica de Valparaíso (Chile) y en numerosas universidades argentinas. Autor de dos libros (Ayudas públicas y Derecho de las infraestructuras) y de más de medio centenar de artículos sobre diversos temas de su especialidad. Ejerce su actividad profesional en el Estudio Cassagne - Abogados como consultor externo.

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Publicado
2023-12-18
Cómo citar
de la Riva, I. (2023). ¿Es concebible un derecho de superficie administrativo? A la luz de las facultades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para regular los usos de los bienes públicos. Revista Jurídica Austral, 4(2), 651-678. https://doi.org/10.26422/RJA.2023.0402.del
Sección
Artículos