Dos concepciones de los derechos humanos: un análisis desde la perspectiva del razonamiento práctico

  • Maria Paz Arzola Centro de Estudios Libertad y Desarrollo
  • Cristián Rettig Universidad Adolfo Ibáñez
Palabras clave: derechos humanos, razonamiento práctico, enfoque teleológico, enfoque no teleológico

Resumen

Si bien existe una extensa discusión filosófica sobre la justificación y naturaleza de los derechos humanos, la pregunta específica sobre cómo entender estos estándares normativos desde el punto de vista del razonamiento práctico, es decir, desde la reflexión dirigida hacia la acción, adolece de un escaso tratamiento en la literatura teórica. El propósito de este artículo es justamente contribuir a revertir esta situación. Se busca diferenciar los dos modos distintivos de los derechos humanos desde el punto de vista práctico y se ofrecen las razones para optar por uno de estos modos por sobre el otro. En términos más precisos, nuestro análisis se estructura en dos etapas. Primero, argumentamos que existen dos formas de concebir el rol práctico de los derechos humanos dentro de la discusión filosófica contemporánea de acuerdo con el tipo de razonamiento práctico subyacente: por un lado, lo que llamamos “una concepción teleológica de los derechos humanos”, la cual concibe estos estándares normativos como guía para la acción de agentes individuales y/o colectivos en tanto fines a seguir; por el otro, lo que llamamos “una concepción no teleológica”, que, en lugar de comprender la orientación práctica desde la identificación de un objetivo, prioriza la definición de lo que se debe hacer sobre la base de obligaciones distribuidas entre una pluralidad de agentes. En segundo lugar, una vez efectuada la distinción entre estas dos concepciones, argumentamos que el enfoque no teleológico es superior al enfoque teleológico. La justificación que proveemos radica principalmente en dos razones independientes: (1) el enfoque no teleológico cumple con lo necesario para guiar de forma más clara la acción en el contexto de una pluralidad de agentes; (2) la perspectiva no teleológica protege de mejor manera el concepto de derecho humano de la potencial inflación que conlleva el centrarse excesivamente en los fines que estos persiguen y de la consecutiva devaluación normativa que ésta produce.

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.

Biografía del autor/a

Maria Paz Arzola, Centro de Estudios Libertad y Desarrollo

Coordinadora del Área Social e investigadora del Centro de Estudios Libertad y Desarrollo, donde lidera investigaciones y análisis en áreas vinculadas a educación y pobreza. Ingeniera comercial con mención en Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Posee un Magíster en Economía de la misma institución y un Magíster en Filosofía Política y Ética de la Universidad Adolfo Ibáñez. A lo largo de su carrera, ha participado activamente en debates legislativos, en la elaboración de informes sobre políticas públicas y en la evaluación de reformas implementadas en el sistema educativo chileno. Su labor combina la investigación aplicada con la incidencia en políticas públicas.

Cristián Rettig, Universidad Adolfo Ibáñez

Profesor asistente en el Departamento de Filosofía de la Universidad Adolfo Ibáñez. Obtuvo su doctorado en University College London en 2018, institución en la que también fue investigador visitante en 2023. Magíster en Teoría Política (London School of Economics). Su trabajo se centra en la teoría de los derechos, los fundamentos teóricos de los derechos humanos, la filosofía moral y la meta-ética. Ha publicado en revistas académicas como Journal of Social Philosophy, Journal of Value Inquiry, Ratio Juris (en coautoría), Jurisprudence, Journal of Philosophical Research, Journal of Global Ethics y Social Theory and Practice (en coautoría), entre otras. Actualmente es investigador responsable del proyecto Fondecyt 11230361, financiado por ANID.

Citas

Aristóteles. (1985). Ética a Nicómaco (Trad. J. Palli). Gredos.

Beitz, C. (2009). The idea of human rights. Oxford University Press.

Cranston, M. (1983). Are there any human rights? Daedalus, 112(4), 1-17.

Etinson, A. (2013). Human rights, claimability and the uses of abstraction. Utilitas, 25(4), 463-486.

Feinberg, J. (1970). The nature and value of rights. The Journal of Value Inquiry, 4, 243-260.

Griffin, J. (2008). On human rights. Oxford University Press.

Hohfeld, W. (1919). Fundamental legal conceptions. Yale University Press.

Hope, S. (2013). Subsistence needs, human rights, and imperfect duties. Journal of Applied Philosophy, 30(1), 88-100.

Hope, S. (2014). Kantian imperfect duties and modern debates over human rights. Journal of Political Philosophy, 22(4), 396-415.

Jones, C. (2001). Global Justice: Defending Cosmopolitanism. Oxford University Press.

Jones, P. (1994). Rights. Palgrave Macmillan.

Kant, I. (2002). Fundamentación de la metafísica de las costumbres (Trad. R. R. Aramayo). Alianza.

Naciones Unidas. (2 de octubre de 2023). La Declaración Universal de los Derechos Humanos. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

Nussbaum, M. (1997). Capabilities and human rights. Fordham Law Review, 66(2), 273-300.

Nussbaum, M. (2004). Beyond the social contract: capabilities and global justice. Oxford Development Studies, 32(1), 3-18.

Nussbaum, M. (2006). Frontiers of justice. Harvard University Press.

O’Neill, O. (1990). Constructions of reason: Explorations of Kant's practical philosophy. Cambridge University Press.

O’Neill, O. (1996). Towards justice and virtue: A constructive account of practical reasoning. Cambridge University Press.

O’Neill, O. (1998). Practical reason and ethics. En Craig, E. (Ed.), Routledge Encyclopedia of Philosophy. Taylor and Francis.

O’Neill, O. (2000). Four models of practical reasoning. En Bounds of justice (pp. 11-28). Cambridge University Press.

O’Neill, O. (2005). The dark side of human rights. International Affairs, 81(5), 427-439.

O’Neill, O. (2017). Justice across boundaries. Whose obligations? (3ª ed.). Cambridge University Press.

Raz, J. (1988). The morality of freedom. Clarendon Press.

Raz, J. (2007). Human rights without foundations. Oxford Legal Studies Research Paper, 14.

Rettig, C. (2020). The claimability condition: Rights as action-guiding standards. Journal of Social Philosophy, 51(2), 322-340.

Rettig, C. (2021). Is there a human right to subsistence goods? A dilemma for practiced-based theorists. Journal of Philosophical Research, 46, 243-260.

Rettig, C. y Fornaroli, G. (2023). Conflict of rights and action-guidingness. Ratio Juris, 36(2), 136-152.

Shue, H. (1996). Basic Rights: Subsistence, Affluence, and U.S. Foreign Policy. Princeton University Press.

Sullivan, R. (1989). Immanuel Kant’s Moral Theory. Cambridge University Press.

Sumner, L. W. (1987). The moral foundation of rights. Oxford University Press.

Tasioulas, J. (2007). La realidad moral de los derechos humanos. Anuario de Derechos Humanos, 4, 41-67.

Tomalty, J. (2014). The force of the claimability objection to the human right to subsistence. Canadian Journal of Philosophy, 44(1), 1-17.

Vasak, K. (noviembre de 1977). La larga lucha por los derechos humanos. El Correo de la Unesco, 29-32.

Wellman, C. (1999). The proliferation of rights: Moral progress or empty rhetoric? Westview Press.

Wood, A. (1999). Kant’s Ethical Thought. Cambridge University Press.

Publicado
2025-06-30
Cómo citar
Arzola, M. P., & Rettig, C. (2025). Dos concepciones de los derechos humanos: un análisis desde la perspectiva del razonamiento práctico. Revista Jurídica Austral, 6(1), 323-342. https://doi.org/10.26422/RJA.2025.0601.arz
Sección
Artículos