Una resolución administrativa argentina y la paridad de género en los órganos de administración de ciertas personas jurídicas: un análisis a la luz del principio de igualdad

Palabras clave: Principio de igualdad - Paridad de género - Interpretación constitucional

Resumen

Una resolución administrativa argentina dispuso la obligación de integrar los directorios, órganos de administración y fiscalización de ciertas personas jurídicas con la misma cantidad de integrantes hombres y mujeres. El trabajo analiza el panorama de facto y el entramado argumental que, a la luz de los principios que surgen del derecho constitucional y del derecho internacional de los derechos humanos en materia de igualdad y género, habilitan la validez de la resolución. A tal fin, primero repasa los antecedentes judiciales y legislativos tendientes a cuestionar esa validez. Luego, analiza la resolución desde el punto de vista sustancial (contenido de la medida) y formal (competencia para emitirla de la autoridad correspondiente). Para este análisis, propone un esquema interpretativo que aborde la cuestión a partir del concepto de “igualdad como no sometimiento”, a través del cual los derechos constitucionales —como el derecho a asociarse libremente y la libertad de contratar— no implican únicamente un límite para el accionar del Estado, sino también una obligación positiva de asegurar su ejercicio e impedir que las preconcepciones de los particulares interfieran con la autonomía personal de sus pares. Al aplicar este esquema a la medida, resulta que no solo es válida, sino que además cumple con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino en materia de igualdad.

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Biografía del autor/a

Gisela Ferrari, CONICET-UBA

Becaria doctoral UBA-CONICET. Máster en Derecho Público (London School of Economics and Political Science). Editora Jefe de la Revista Internacional de Derechos Humanos.

Guadalupe Fernández Mehle, Universidad Católica Argentina

Abogada (Universidad Católica Argentina). Coordinadora General de la Revista Internacional de Derechos Humanos.

Publicado
2021-12-29
Sección
Notas