La inteligencia artificial generativa: entre la autoría, la titularidad y la creatividad en el ámbito del derecho de autor

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.26422/RIPI.2026.espIA.sal

Palabras clave:

inteligencia artificial generativa, autoría, titularidad, creatividad intelectual, propiedad intelectual, derecho de autor, derecho de la personalidad, persona sui generis

Resumen

La capacidad creativa de la inteligencia artificial generativa (IAG) ha intensificado el debate sobre la autoría y la titularidad de las creaciones intelectuales tuteladas por la propiedad intelectual, aumentando la tensión entre la creatividad homine y la creatividad algorítmica, particularmente en el ámbito del derecho de autor, no siendo menor en el terreno de las soluciones técnicas. La propiedad intelectual tiene por axioma fundamental la triangulación entre el autor, el titular de los derechos y la creación intelectual. La concepción tradicional, legítima y legalmente aceptada es el carácter antropocéntrico de la creatividad intelectual. La IAG ha creado una tensión por su emergente autonomía y capacidad creativa en contraposición a la concepción tradicional de la creatividad intelectual humana. La realidad tecnológica plantea la necesidad de formular políticas públicas para el control, vigilancia y disuasión en el uso de la IAG contraria a la ética y al derecho, así como su pertinente regulación por el derecho de propiedad intelectual. El presente estudio analiza desde el ámbito legislativo y jurisprudencial las creaciones algorítmicas de naturaleza autoral realizadas por la IAG. Para tal fin, se formuló una hipótesis operacional, cuya afirmación o refutación ha sido el objetivo de la investigación: si a la IAG puede serle reconocida la cualidad de autor individual —ergo adquirir personalidad, ser persona sui generis— y si tal cualidad de la IAG es legítima y legalmente viable, será factible reconocerle, más allá de una titularidad derivada, una titularidad originaria a sus creaciones algorítmicas, entonces, toda creación algorítmica de naturaleza autoral sería producto del propio ingenio y creatividad de la IAG. El resultado teórico desvirtuó la hipótesis alrededor del paradigma antiantropocéntrico emergente, validándose el paradigma del sistema de propiedad intelectual antropocéntrico sobre la autoría, la titularidad y la creatividad intelectual. Sin embargo, para la protección de las creaciones algorítmicas producto del empleo de la IAG, se puede diseñar un esquema de protección sui generis, conforme al cual se reconozca la asistencia humana en la creación algorítmica, mas no la titularidad ni la autoría en el marco de la protección de los activos intangibles. Para la realización de este estudio, se empleó una metodología de tipo cualitativa con un enfoque documental a nivel explicativo.

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Biografía del autor/a

  • Leonel Salazar Reyes-Zumeta, Universidad Central de Venezuela (Venezuela)

    Abogado, MSc. en Políticas Públicas y Gestión de la Innovación Tecnológica, especialista en Derecho Mercantil y doctorando en Derecho (Universidad Central de Venezuela). Profesor de pregrado y posgrado de Derecho Mercantil y Propiedad Intelectual (Universidad Central de Venezuela y Universidad Santa María, Venezuela). Profesor invitado de la Universidad de Los Andes (Mérida, Venezuela) y de la Universidad de San Andrés (Buenos Aires, Argentina). Coordinador de la Cátedra Libre Propiedad Intelectual “Carlos del Pozo y Sucre” (Universidad Central de Venezuela).

Referencias

Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento. (2024). Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial del Uruguay 2024 - 2030. https://n9.cl/cxlj2o

Antequera Parilli, R. (1998). Derecho de Autor. Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual.

Azuaje Pirela, M. (2025). Inteligencia artificial y derecho de autor: estado de la cuestión y desafíos regulatorios emergentes a partir del caso chileno. Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual, (23), 429-452. https://doi.org/10.26422/RIPI.2025.2300.azu

Baird, K. y Blanco, L. (26 de marzo de 2021). Colección NFT de la robot Sophia es vendida por $1 millón. Beincrypto. https://es.beincrypto.com/coleccion-nft-robot-sophia-vendida-por-1-millon/

Behl, C. (2025). El derecho de autor en tiempos de IA: Congreso AVACI y los casos Li vs. Liu y GEMA vs. OpenAI. AVACI. https://n9.cl/8gk4k

Canning, L. y Nizipli, S. (2023). UK Supreme Court Rules Against AI Inventorship of Patents. White & Case Tech Newsflash. https://www.whitecase.com/insight-our-thinking/uk-supreme-court-rules-against-ai-inventorship-patents

Companies and Intellectual Property Commission. (28 de julio de 2021). Patent Journal, 54(7), 255. CIPC. https://iponline.cipc.co.za/Publications/PublishedJournals/E_Journal_July%202021%20Part%202.pdf

Comunidad Andina de Naciones. (1993). Decisión 351 Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos. Comisión del Acuerdo de Cartagena. https://www.comunidadandina.org/temas/dg-dec/propiedad-intelectual/

Domínguez, M. (2009). Diccionario de Derecho Civil. Panapo.

Fortinet. (s.f.). ¿Qué es un Deepfake? https://www.fortinet.com/lat/resources/cyberglossary/deepfake

Gutiérrez, L. (30 de enero de 2020). China: Un Tribunal reconoce derechos a un artículo escrito por un algoritmo de inteligencia artificial desarrollado por una empresa. Instituto Autor. https://n9.cl/469jf

He, K. (2019). Feilin v. Baidu: Beijing Internet Court tackles protection of AI/software-generated work and holds that copyright only vests in works by human authors. The IPKat. https://ipkitten.blogspot.com/2019/11/feilin-v-baidu-beijing-internet-court.html

La Biblia Latinoamericana. (2009). San Pablo.

Manresca. (5 de febrero de 2026). China da un paso más con el robot Moya: una IA encarnada capaz de emular al 92% a un humano en una de sus funciones vitales. Meristation. https://n9.cl/jzfo9

Mhangwane, C. y Cochrane, D. (19 de enero de 2023). DABUS, the rise of the inventive machines. Spoor. https://spoor.com/dabus-the-rise-of-the-inventive-machines/

Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones. (2024). Estrategia Nacional de IA (ENIA) 2024-2027 de Costa Rica. Gobierno de Costa Rica. https://observatorioecuadordigital.mintel.gob.ec/wp-content/uploads/2024/10/Estrategia-Nacional-de-IA-Costa-Rica-.pdf

Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. (10 de marzo de 2026). Gobierno de Daniel Noboa presenta la Estrategia para la Inteligencia Artificial en Ecuador. Boletín de Prensa, (084). https://www.telecomunicaciones.gob.ec/gobierno-de-daniel-noboa-presenta-la-estrategia-para-la-inteligencia-artificial-en-ecuador/

Mogin Law LLP. (8 de junio de 2025). Artists Sue AI Companies for Copyright Infringement. https://moginlawllp.com/artists-sue-ai-companies-for-copyright-infringement/

Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

Organización de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. https://n9.cl/ylsmrr

Organización de los Estados Americanos. (1886, 1961). Convenio de la Unión de Berna para la Protección las Obras Literarias y Artísticas. https://www.oas.org/juridico/spanish/cyb_uru_Conv_Berna.pdf

Organización de los Estados Americanos. (1948). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. http://www.oas.org/DIL/esp/Declaraci%C3%B3n_Americana_de_los_Derechos_y_Deberes_del_Hombre_1948.pdf

Organización de los Estados Americanos. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos. https://www.oas.org/dil/esp/1969_Convenci%C3%B3n_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. (1883, 1967). Convenio de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial. https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/wipo_pub_201.pdf

Organización Mundial del Comercio. (1994). Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Anexo 1-C, del Tratado de Creación de la Organización Mundial del Comercio, 15 abril 1994).https://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/ta_docs_s/1_tripsandconventions_s.pdf

Real Academia Española. (2024). Biomimetismo. Diccionario de la lengua española. https://dle.rae.es/biomimetismo

Retto, J. (2017). Sophia, first citizen robot of the world. ResearchGate. https://www.researchgate.net/publication/321319964_SOPHIA_FIRST_CITIZEN_ROBOT_OF_THE_WORLD

Robotshop (2026). Robot Humanoide Sophia Versión R&D de Hanson Robotics. https://www.robotshop.com/es/products/robot-humanoide-sophia-version-rd-de-hanson-robotics

Siniscalchi, M. (2023). Patentes de invención e inteligencia artificial en Argentina. El caso DABUS. Prudentia Iuris, (96). https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17600

The Artificial Inventor Project. (s.f.). https://artificialinventor.com/

Unión Europea. (2024). Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (13 junio 2024) por el que se establecen Normas Armonizadas en materia de Inteligencia Artificial. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L_202401689

Viera-Montes de Oca, M. (1993). La algoritmizacion. Ventajas y desventajas. Posibilidades de aplicación de este método. Revista Cubana de Psicología, 10(1), 53-57. https://pepsic.bvsalud.org/pdf/rcp/v10n1/08.pdf

Villaécija, R. (3 de febrero de 2026). La Fiscalía de París registra las oficinas de X en Francia y convoca a Elon Musk para que declare por manipulación de algoritmos. El País. https://elpais.com/tecnologia/2026-02-03/la-fiscalia-de-paris-registra-las-oficinas-de-x-en-francia-y-convoca-a-elon-musk-para-que-declare.html

Wang, Y. y Zhang, J. (2 de febrero de 2024). Beijing Internet Court Grants Copyright to AI-Generated Image for the First Time. Kluwer Copyright Blog. https://legalblogs.wolterskluwer.com/copyright-blog/beijing-internet-court-grants-copyright-to-ai-generated-image-for-the-first-time/

Weller, C. (27 de octubre de 2017). A robot has just been granted citizenship of Saudi Arabia. World Economic Forum. https://www.weforum.org/stories/2017/10/a-robot-has-just-been-granted-citizenship-of-saudi-arabia/

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Publicado

2026-06-24

Cómo citar

Salazar Reyes-Zumeta, L. (2026). La inteligencia artificial generativa: entre la autoría, la titularidad y la creatividad en el ámbito del derecho de autor. Revista Iberoamericana De La Propiedad Intelectual, especial, 225-266. https://doi.org/10.26422/RIPI.2026.espIA.sal