La noción de jurisdicción administrativa en Agustín Gordillo. Breves reflexiones sobre las trampas de los falsos amigos y las virtudes de los amigos sinceros
DOI:
https://doi.org/10.26422/daec.2026.0100.fraPalabras clave:
resolución de conflictos, función jurisdiccional, función administrativa, jurisdicción administrativaResumen
El artículo examina la noción de “jurisdicción administrativa” en la obra de Agustín Gordillo, identificando las confusiones terminológicas que, en el derecho argentino, genera esta expresión contradictoria. Se analiza la distinción fundamental entre la función administrativa de resolución de conflictos y la función jurisdiccional propia de órganos imparciales e independientes, demostrando que la Administración no puede ejercer verdadera jurisdicción sin que sea garantizada una revisión judicial plena. Finalmente, se propone adoptar del ordenamiento italiano la noción de funzione amministrativa giustiziale para superar las ambigüedades lingüísticas y conceptuales señaladas.
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