El principio de igualdad en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
DOI:
https://doi.org/10.26422/daec.2026.0200.sagPalabras clave:
igualdad, jurisprudencia, Corte Suprema de Justicia de la Nación, discriminación, categorías sospechosas, perspectiva estructural, contexto social, grupos desaventajados, discriminación sistémica, control de constitucionalidad, estándar, presunción, inconstitucionalidad, acciones afirmativas, democracia, proceso políticoResumen
El propósito de este artículo es realizar un breve análisis sobre la evolución del principio de igualdad en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El concepto clásico de igualdad como no discriminación ha sufrido en los últimos años dos modificaciones importantes. La primera, en el año 2004, en el caso Hooft, donde la Corte introdujo por primera vez en su jurisprudencia el concepto de categorías sospechosas. La segunda, aún más importante que la primera, se produjo en 2017 con el precedente Castillo. Allí, el tribunal sentó el criterio de que la igualdad debe ser entendida también desde una perspectiva estructural que tenga en cuenta el contexto social en el que las normas se aplican y, sobre todo, el modo en que impactan en los grupos desaventajados. Esta nueva visión implicó, a su vez, una reformulación del concepto de categorías sospechosas, que resulta más compatible con las acciones afirmativas previstas en el art. 75, inc. 23 de la Constitución Nacional.
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Derechos de autor 2026 Roberto Saggese (Autor/a)

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