Almacenamiento y depósito de mercancías para su venta por terceros
Sentencia del Tribunal de Justicia de 2 de abril de 2020 (C-567/18) (Coty v. Amazon)
DOI:
https://doi.org/10.26422/RIPI.2020.1300.gomeResumen
Marca: DAVIDOFF.
Norma jurídica aplicada: artículo 9.2 b) del Reglamento de la Marca de la Unión Europea 207/2009 (RMUE) que se corresponde con el actual 9.3.b) del RMUE 2017/1001.
No existe infracción de marca cuando quien almacena o tiene en depósito los productos con infracción de marca no tiene el propósito de comercializarlos u ofrecerlos por su cuenta siempre que desconozca la existencia de la infracción.
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