TY - JOUR AU - Abalos, María Gabriela PY - 2023/04/28 Y2 - 2024/03/28 TI - Federalismo y potestades tributarias locales: evolución y desafíos JF - Revista Política Austral JA - RPA VL - 2 IS - 1 SE - Artículos de investigación DO - 10.26422/RPA.2023.0201.aba UR - https://ojs.austral.edu.ar/index.php/revistapoliticaaustral/article/view/1044 SP - 53-69 AB - Todo federalismo supone descentralización del poder en el territorio, lo cual debe ir acompañado por atribuciones propias de cada orden de gobierno con autonomía junto a los recursos económico-financieros indispensables. El texto constitucional de 1853/60 se estructura sobre la base de dos órdenes de gobierno, siendo las provincias las que delegan poderes a la nación, consagrándose en materia tributaria la separación de fuentes con tesoros distintos, formados con tributos propios de cada uno. El devenir de sucesivas crisis económicas acarrea la transformación paulatina hacia un sistema de concurrencia que, en la práctica, produce una centralización nacional considerable. La reforma constitucional de 1994 sentó las bases para el dictado de una norma de coparticipación tributaria, cuyo nacimiento estaría sustentado en los acuerdos entre los dos sujetos referidos más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dado su régimen de gobierno autónomo. Incumplidos los plazos constitucionales para su dictado, se suceden leyes y consensos que buscan armonizar el ejercicio competencial de los distintos sujetos, pero no logran concretar la normativa de coparticipación, sino que, por el contrario, refuerzan el rol de la nación como principal ejecutor de la política fiscal. Frente a esto, cabe reforzar el desafío de arribar a acuerdos que involucren, por un lado, la obligación de cumplimiento estricto con la prohibición de modificaciones unilaterales, y, por otro, el compromiso local de mejorar el control del gasto público, la responsabilidad fiscal, la transparencia y el buen gobierno. ER -